Ayudas dirigidas a arrendatarios que tengan problemas transitorios para atender el pago del alquiler de la vivienda habitual o no puedan hacer frente a la devolución de ayudas transitorias de financiación avaladas por el ICO.
Los solicitantes deban justificar su situación de vulnerabilidad económica y social sobrevenida por el Covid-19 durante el periodo a subvencionar o los 3 meses inmediatamente anteriores al mismo.
Periodo subvencionable: del 1 de enero al 30 de junio de 2021.
Plazo de solicitud: del 19 de julio al 6 de agosto.