Cuándo se debe solicitar plaza
- Para entrar en un centro sostenido con fondos públicos por primera vez.
- Para solicitar un cambio de centro.
Calendario de presentación de solicitudes y matrícula
Educación Infantil, Primaria, Educación Especial
y E.S.O.
Presentación de Solicitudes:
- Desde las 9 h. del 24 de abril hasta las 14 h. del 30 de abril, ambos inclusive.
Matrícula
- Educación Infantil, 1º de Educación Primaria y Educación Especial: Desde las 9 h. del lunes 3 de junio hasta las 14 h. del lunes 10 de junio, ambos inclusive.
- 2º a 6º de Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria: Desde las 9 h. del jueves 20 de junio hasta las 14 h. del martes 25 de junio, ambos inclusive.
Bachillerato
Presentación de solicitudes:
- Desde las 9 h. del martes 2 de julio hasta las 14 h. del viernes 5 de julio, ambos inclusive.
Matrícula:
- Desde la 9 h. del lunes 29 hasta las 14 h. del martes 30 de julio, ambos inclusive.
Dónde presentar la solicitud y documentación
La solicitud se ha de cumplimentar y presentar exclusivamente por medios electrónicos a través del portal del Departamento de Educación (educa.aragon.es/admision).
También puedes hacerlo desde la sede electrónica del Gobierno de Aragón donde vas a encontrar toda la información necesaria en: https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/escolarizacion-de-alumnado-encentros-docentes-publicos-y-privados-concertados
Información por correo electrónico
Para recibir información del estado de tu solicitud durante el proceso de escolarización, deberás indicar una dirección de correo electrónico en el recuadro indicado a tal efecto en la misma.
Solicitud conjunta de hermanos
Disponible para escolarización en Educación Infantil, Educación Primaria,Educación Especial y Educación Secundaria Obligatoria
Con esta solicitud se expresa el deseo de obtener plaza para todos los hermanos en un mismo centro, como criterio preferente, siempre que en los centros solicitados se impartan todas las enseñanzas solicitadas.Los padres que opten por la escolarización conjunta de hermanos deberán indicarlo en la
solicitud. Esta opción supone la pérdida de la reserva de plaza en los casos en que todos o alguno de los hermanos provengan de centros docentes sostenidos con fondos públicos, excepto en el caso de que todos los hermanos estén escolarizados en el mismo centro de origen que soliciten la reserva de plaza.
En todo caso, se garantizará la escolarización conjunta de todos los hermanos en el mismo centro en las enseñazas garatizadas.
Opción de domicilio familiar o laboral
Disponible para escolarización en Infantil, Primaria, Especial,
E.S.O. y Bachillerato.
La opción señalada será la tenida en cuenta a efectos de aplicación del baremo, tanto para el primer centro solicitado como para el resto de los centros alternativos manifestados en la solicitud. Asimismo, será la tenida en cuenta para el caso de las adjudicaciones de los Servicios Provinciales.
Se recomienda indicar el domicilio de la forma más completa posible. En el caso de parcelas situadas fuera de núcleos urbanos, deberá indicarse la referencia catastral de las mismas.
Consulta de referencia catastral en: http://idearagon.aragon.es/visor/
Requisitos obligatorios y opcionales
- Los obligatorios son necesarios para acceder a una enseñanza y curso y los opcionales permiten puntuar la solicitud cuando en el centro solicitado hay más solicitudes que vacantes.
- El cumplimiento de algunos requisitos se va a consultar por la Administración Educativa y no es necesario presentar documentación salvo que te opongas a su consulta de forma
motivada y a través de: https://www.aragon.es/en/tramitador/-/tramite/proteccion-datos-ejercicio-derecho-oposicion,
Qué documentación obligatoria se necesita
- Documento acreditativo de que el alumno/a cumple el requisito de edad (exigible para los solicitantes que se escolarizan por primera vez en un centro público o concertado de Aragón).
Solo se presentará si ejerce el derecho de oposición, porque lo consulta la Administración Educativa. - En el caso del alumnado que solicite plaza para el primer año
del primer ciclo de Educación Infantil:
Para aquellos alumnos que, no habiendo nacido en el momento de la publicación de la correspondiente convocatoria y su nacimiento este previsto con anterioridad al 1 de julio de 2024, presentarán un certificado médico de especialista cualificado en el que conste las semanas de gestación y que la fecha probable del parto sea anterior al día 1 de julio del año en curso. La incorporación de este alumnado una vez que comiéncenlas clases no podrá ser posterior a las
18 semanas de edad. - Certificado de matrícula. (Solo necesario para el alumnado que solicite plaza de 2º a 6º de Primaria y educación secundaria obligatoria que no estén escolarizados en centros públicos o
concertados de Aragón). - Certificado académico oficial para Bachillerato.
Qué otra documentación obligatoria comprueba la Administración Educativa y no se ha de presentar
- Resolución del Servicio Provincial para el acceso a plazas reservadas a ACNEAE o Educación Especial.
- Resolución del Servicio Provincial en los supuestos de prematuridad.
La duplicidad de solicitudes y/o la existencia de indicios razonados y suficientes de falsedad de la documentación aportada o de los datos reflejados en la misma conlleva la exclusión de la solicitud del procedimiento.
Requisitos opcionales que puntúan y permiten baremar una solicitud
Existencia de hermanos matriculados en el centro:
- Uno o varios hermanos matriculados en el centro (15 puntos).
No se presenta documentación, lo comprueba de oficio el Centro. (Este criterio sólo será baremado para el centro señalado en primera opción)
Proximidad del domicilio familiar o lugar de trabajo:
– Situado en el mismo municipio en el que está ubicado el centro solicitado:
-
- Domicilio Familiar (10 puntos).
- Lugar de trabajo (9 puntos).
(Se baremará en cada uno de los centros alternativos solicitados).
Proximidad lineal del domicilio:
En los municipios de Huesca, Teruel y Zaragoza, se aplicará la
siguiente baremación:
- En el municipio de Zaragoza:
- Primer tramo: proximidad menor o igual 1 kilómetro (4 puntos).
- Segundo tramo: proximidad mayor a 1 kilómetro y menor o igual 4 kilómetros (3 puntos).
- En el municipio de Huesca:
- Primer tramo: proximidad menor o igual 1 kilómetro (4 puntos).
- Segundo tramo: proximidad por pertenencia al área de escolarización (3 puntos).
- En el municipio de Teruel:
-
- Primer tramo: proximidad menor o igual 1 kilómetro(4 puntos).
-
(Se baremará en cada uno de los centros alternativos solicitados).
En estos municipios, en el caso de que un domicilio no disponga de ningún centro situado dentro del primer tramo de puntuación de la proximidad lineal se le otorgará la puntuación correspondiente a este criterio al centro más cercano.
Renta de la unidad familiar:
Se acreditará mediante el documento de concesión de una cuantía económica del Ingreso Mínimo Vital o de la prestación complementaria aragonesa al Ingreso Mínimo Vital. (5 puntos).
Solo se presentará si ejerce su derecho motivado de oposición, porque lo comprueba la Administración Educativa.
Progenitores o representantes legales que trabajen en el centro
No se presenta documentación, lo comprueba de oficio el Centro (4 puntos).
(Este criterio sólo será baremado para el centro señalado en primera opción).
Escolarización conjunta y simultánea de hermanos en el mismo centro (4 puntos)
Condición reconocida de discapacidad:
- Condición reconocida de discapacidad física, psíquica o sensorial del alumnado (2 puntos).
- Condición reconocida de discapacidad física, psíquica o sensorial de los progenitores, representantes legales o hermanos del alumnado (2 puntos).
- Solo se presentará si ejerce su derecho motivado de oposición.
(En el caso de que concurra la condición de discapacidad, se sumarán los puntos correspondientes a todas las personas con dicha condición).
Condición de familia numerosa:
- General: 1 punto.
- Especial: 2 puntos.
Solo se presentará si ejerce su derecho motivado de oposición porque lo comprueba la Administración Educativa.
Condición de familia monoparental:
- General: 1 punto.
- Especial: 2 puntos.
Solo se presentará si ejerce su derecho motivado de oposición porque lo comprueba la Administración Educativa.
(Si concurren los criterios de familia numerosa y de familia monoparental se aplica el criterio de mayor puntuación).
Alumnado nacido de parto múltiple:
Se acreditará con el libro de familia o documento oficial que lo acredite. (1 punto)
Situación de acogimiento familiar:
Se acreditará con el certificado emitido por las Subdelegaciones de Protección a la Infancia y Tutela del I.A.S.S (1 punto).
Condición de víctima de violencia de género:
Se acreditará su condición mediante un documento emitido por el Instituto Aragonés de la Mujer u organismo equivalente en el conste que tiene la condición de víctima de violencia de género
de forma específica para el proceso de escolarización del curso 2024-2025.
Se podrá solicitar en https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/acreditacion-mujer-victima-violencia-genero (1 punto).
Condición de víctima de terrorismo:
Se acreditará con certificado o resolución de víctima de terrorismo expedido por el Ministerio de Interior (1 punto).
Además, sólo aplicable a Bachillerato:
Para el acceso a 1º: Nota media aritmética con dos decimales de las calificaciones de todas las materias cursadas en el último curso de la ESO o equivalente.
Para el acceso a 2º: Nota media aritmética con dos decimales de las calificaciones de todas las materias de 1º de Bachillerato.
- Inferior a 5 …………………….. 0 puntos
- De 5 a 5,99……………………. 1 punto
- De 6 a 6,99……………………. 2 puntos
- De 7 a 7,99……………………. 3 puntos
- De 8 a 8,99……………………. 4 puntos
- De 9 en adelante ……………. 5 puntos
En caso de empate
Los empates se dirimirán utilizando los siguientes criterios, aplicados el siguiente orden:
- En el acceso a bachillerato: mayor nota media del expediente académico.
- Mayor puntuación en el apartado de hermanos matriculados.
- Mayor puntuación en el apartado de proximidad domiciliaria y lineal.
- Mayor puntuación en el apartado de renta familiar.
- Mayor puntuación en el apartado de progenitores trabajando en el mismo centro solicitado en primer lugar.
- Mayor puntuación en la modalidad de escolarización conjunta y
simultánea de hermanos. - Alumnado cuya escolarización venga motivada y justificada por traslado de la unidad familiar por movilidad forzosa de cualquiera de los progenitores o tutores legales, una discapacidad sobrevenida de cualquiera de los miembros de la familia o a un cambio de residencia por actos de violencia de género, producidos durante el curso escolar en el que se
apruebe la convocatoria. - Mayor puntuación en el apartado de discapacidad.
- Mayor puntuación en el apartado de familia numerosa o monoparental.
- Mayor puntuación en el apartado de parto múltiple.
- Mayor puntuación en el apartado de situación de acogimiento.
- Mayor puntuación en el apartado de violencia de género.
- Mayor puntuación en el apartado de víctima de terrorismo.
- Sorteo público del Departamento de Educación